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La eterna duda sobre la zona azul



Los Ayuntamientos mediante ordenanza municipal son competentes para ordenar y regular los vehículos estacionados en su calles, caminos, vías y carreteras de titularidad municipal. La Ordenanza Reguladora de Aparcamiento (ORA) da cobertura legal a la imposición de una tasa a los propietarios o conductores de los vehículos que estacionen en zona delimitada con rayas discontinuas de color azul. ¿Qué puede pasar si estaciono en zona azul y no pago la tasa? Puesto que estamos ante una tasa voluntaria, la obligación solo existe si estaciono en zona azul, la Administración sólo conocerá de tu infracción administrativa a través del servicio de inspección o agentes de la autoridad con la emisión del correspondiente boletín de denuncia. Esto quiere decir que los únicos competentes para denunciar son los agentes de la autoridad y altos funcionarios con potestades de autoridad (inspector o subinspector de área), esta conclusión tiene su base en la presunción de veracidad o certeza que emiten dichos agentes o funcionarios. Ahora bien, la mayor parte de las denuncias son emitidas por "controladores" bien equipados con tablet y cámara de fotos que se encargan de hacer constar que nuestro vehículo estaba estacionado en zona azul sin el ticket justificante del abono de la tasa pública. Aquí comienza el problema. Estos sujetos sin ningún tipo de autoridad o rango están actuando como agentes de la autoridad y la Administración (Ayuntamientos) están dando mayor veracidad a su palabra que a la de los ciudadanos, de ahí, que cerca del 70% de los recursos en vía administrativa se desestimen. ¿Qué podemos hacer si ocurre esto? Lo primero es "parlotear" con la Administración, presentar un recurso, alegaciones.... con el objetivo de primero exponer nuestra postura en los hechos y lo segundo, y más importante, que la Administración motive jurídicamente la sanción (hechos y fundamentos). Lo segundo es acudir a los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo y presentar un recurso que tenemos ya ganado de antemano si el sujeto que inicio el procedimiento con su denuncia es un "controlador" ¿Por qué lo tenemos ganado? Porque el Tribunal Supremo deja bien claro que los empleados de la ORA no tienen autoridad ni competencia alguna para iniciar procedimientos sancionadores en base a denuncia y que su única función es la de asesorar e informar de la infracción y la correspondiente notificación a los agentes de la autoridad si el ciudadano hace caso omiso a sus indicaciones. En conclusión, si aparcamos en zona azul tenemos que pagar la tasa y poner el ticket para evitar sanciones, si la denuncia la  emite un "controlador" presentar alegaciones y recursos ante la Administración competente. Si la Administración, cosa habitual, se mantiene en su postura acudir a los Tribunales y adjuntar la sentencia del Tribunal Supremo al recurso. Veremos que cara se le pone al letrado del Ayuntamiento.

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