Visión de la nueva planta del régimen local: Realidad o imaginación.
Guillermo MARTÍNEZ DE LUCIO
Día si y día también estamos siendo testigos en los medios de comunicación de como el poder político se plantea o replantea nuestra actual organización territorial del Estado. Es en estos momentos de recesión y crisis económica cuando la Administración y todos en general nos preguntamos ¿Dónde estamos? ¿Qué queremos? y ¿Adónde debemos/podemos ir? A raíz de estás tres preguntas voy a intentar explicar de forma breve y genérica mi visión de lo que sería la nueva planta del régimen local. Para construir una nueva planta es necesario la autocrítica, reconocer cuáles han sido los errores e intentar corregirlos para no volverlos a cometer en el futuro. Todo surge, creo, a raíz del vago artículo 137 de la Constitución Española que organiza al Estado en municipios, provincias y Comunidades Autónomas. En un sólo precepto nos habla de los 3 niveles de Administración territorial: la estatal, la autonómica y la local. Como bien dice Ramón PARADA, se ha pasado, en menos de dos siglos, a aceptar la posibilidad de que sobre un mismo territorio y sobre unos mismos ciudadanos incidan, actúen o tengan jurisdicción hasta seis Administraciones territoriales que se van superponiendo de menor a mayor ámbito territorial y más importantes competencias, formando una especie de pirámide, cuya base son los municipios y la cúspide la Administración del Estado. No hace falta ser un gurú de las matemáticas para darse cuenta que el hecho de que un ciudadano tenga en su misma provincia hasta 6 Administraciones territoriales es ciertamente irracional y muy costoso. Es ahora cuando la cordura y la razón iluminan a la Administración, la cuál, hace unos pocos años defendía a ultranza el actual modelo, en cambio, ahora se ha convertido de la noche a la mañana en la primera reformista. Cierto es que la fundamentación a este cambio de criterio se debe principalmente a la crisis económica que vive el Estado y sus ciudadanos, que desde el punto de vista de la Administración ha herido de muerte a miles de entidades locales y dejado muy tocada a la propia Administración local. En este momento de brutales recortes presupuestarios y subida de tasas y precios públicos para “garantizar” los servicios públicos, es cuando debemos establecer una hoja de ruta o al menos tener claro de qué Administración local queremos o si la queremos tal cual se concibe y estructura en la actualidad.
Llegados a este punto de inflexión donde se ha abierto y se ha dejado abrir la caja de pandora, surgen una serie de ideas y propuestas para intentar salvar a la Administración local y en especial a los miles de municipios que agonizan y viven su particular futuro incierto. Las dos ideas mayoritarias de reforma de la Administración local son: la supresión de las Diputaciones provinciales y la alteración de los términos municipales con respeto a los límites provinciales (Incorporación y fusión). Mientras esta segunda idea ya se ha anunciado formalmente por los propios Gobiernos autonómicos que son los competentes en la materia, tenemos el caso de Galicia donde su presidente autonómico ha anunciado la fusión de dos municipios, el municipio de Cesuras, que cuenta con 2.225 habitantes, y Oza dos Rios, que tiene un censo de 3.229. Si bien es cierto, la alteración de los términos municipales es relativamente fácil en términos jurídico-técnicos legislativos pero conllevaría una difícil instauración debido al sustrato e identidad de los municipios afectados. Otra de las ideas que pasa por la cabeza es la supresión de las Diputaciones provinciales o un cambio radical de sus competencias. El artículo 141 de la Constitución reconoce a la provincia como una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. El papel de las Diputaciones provinciales es de mero Gobierno y de asistencia subsidiaria de servicios públicos cuando un municipio no puede prestarlo. El problema que se plantea es si podemos suprimir la institución de la Diputación, o en cambio dotarla de mayores competencias. Existen dos posturas reconocidas, la primera que aboga por la supresión de la institución asumiendo sus competencias la propia Administración autonómica, y una segunda que daría mayor poder y eficiencia a la Diputación asumiendo las competencias de los municipios menores de 20.000 habitantes.
Mi postura particular, en los tiempos de racionalización y eficiencia de la Administración pública, me lleva ha decantarme por la supresión de las Diputaciones, pues creo, que la Administración autonómica esta lo suficientemente capacitada para realizar sus funciones, bastaría con una consejería de Relaciones Intraprovinciales que atendiera a las competencias propias. La idea de alteración de los términos municipales sigue siendo a corto-medio plazo la idea más factible, siendo la figura de la mancomunidad de municipios fundamental para poder garantizar la prestación de servicios públicos, y lo que es más importante, la existencia del propio municipio. La inviabilidad del 70% de los municipios hace imperativo la búsqueda de fórmulas de gestión en donde los costes de los servicios públicos se compartan entre municipios limítrofes, otra idea, es la fusión o absorción, pero este tipo de alteración es compleja, dado que los ciudadanos deberían dar su visto bueno, y está comprobado que en la provincia existe un fuerte sustrato que si lo trasladamos al ámbito municipal se identifica con la identidad de los pueblos. ¿Quién va a consentir que su pueblo se llame con el pueblo de al lado?

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